Triangulo reflectivo de senalizacion, foto de referencia

Kit de carretera: qué debe llevar tu carro por ley en Colombia

Muchos conductores tienen “algo” de kit de carretera en el baúl, pero no saben si realmente cumple con lo que exige la ley. En Colombia es obligatorio para todo vehículo y su ausencia se sanciona en los controles de tránsito, así que vale la pena revisarlo antes de que te toque comprobarlo en la vía.

Qué exige la norma

El artículo 30 del Código Nacional de Tránsito (Ley 769 de 2002) establece los elementos mínimos que debe portar todo vehículo. Estos son los que debe tener tu kit de carretera:

  • Gato con capacidad suficiente para levantar el vehículo
  • Cruceta (llave de pernos)
  • Dos señales de carretera: triángulos reflectivos con soporte para colocarlos en posición vertical, o lámparas intermitentes amarillas
  • Botiquín de primeros auxilios
  • Extintor vigente
  • Dos tacos para bloquear las llantas
  • Caja de herramientas básica: alicate, destornilladores, llave ajustable y llaves fijas
  • Llanta de repuesto en buen estado
  • Linterna con pilas cargadas o de repuesto

La multa por no portar el equipo completo equivale a 15 salarios mínimos legales diarios vigentes (SMLDV), y las autoridades pueden además inmovilizar el vehículo hasta que se subsane.

Los errores más comunes

No es solo tener los elementos, sino que estén en buen estado: extintor vencido, llanta de repuesto sin presión, o pilas de la linterna descargadas son las razones más comunes por las que un kit “completo” no pasa un control.

Revísalo cada pocos meses, no solo antes de un viaje: el extintor tiene fecha de vencimiento, la llanta de repuesto pierde presión con el tiempo aunque no se use, y las pilas se descargan solas.

¿Necesitas revisar o completar las herramientas de tu kit de carretera? Escríbenos y te ayudamos a encontrar lo que haga falta.

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